Fondo Rotatorio de la Policía

La Entidad

Miembros Consejo Directivo

El gobierno corporativo es el marco de normas y prácticas, que se refieren a las estructuras y procesos para la dirección de las compañías, por el cual, un consejo directivo asegura la rendición de cuentas, la equidad y la transparencia en la relación de una empresa con todas las partes interesadas (la dirección, los accionistas, clientes, empleados, gobierno y la comunidad).

Acuerdo 012 de 2013
Por el cual se establecen los estatutos del Fondo Rotatorio de la Policía 
ARTÍCULO 9° FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO: Corresponde al Consejo Directivo ejecutar las siguientes funciones:

  • Formular a propuesta del Representante Legal, la política general de la Entidad, los planes y programas que, conforme a la Ley Orgánica de Planeación y a la Ley Orgánica del Presupuesto deban proponerse para su incorporación en los planes sectoriales y a través de estos, al Plan Nacional de Desarollo.
  •  Formular a propuesta del Representante Legal, la política de mejoramiento continuo de la Entidad, así como los programas orientados a garantizar el desarrollo administrativo.
  • Conocer de las evaluaciones semestrales de ejecución presentadas por la administración de  la Entidad.
  • Proponer al Gobierno Nacional las modificaciones de la estructura interna y de la planta de personal que consideren pertinentes; adoptar los estatutos internos de la entidad y cualquier reforma que a ellos se introduzca de conformidad con lo dispuesto en sus actos de creación o reestructuración.  
  • Aprobar el proyecto de presupuesto anual y sus modificaciones en los términos que disponga la ley
  • Aprobar el plan anual de caja y sus modificaciones en los términos que disponga la ley.
  • Aprobar los proyectos de inversión presentados por el Director General del Fondo Rotatorio de la Policía debidamente sustentados, de acuerdo con las normas legales vigentes. 
  • Autorizar la gestión y contratación de empréstitos internos o externos con destino a la entidad, debidamente sustentados, de acuerdo con las normas legales vigentes.
  • Aprobar los estados financieros periódicos que debe elaborar la Entidad.
  • Autorizar al Director General del Fondo Rotatorio de la Policía, para que con recursos de la Entidad y de acuerdo con la disponibilidad apoye a la Policía en casos de que esta Institución lo requiera, conforme a disposiciones legales vigentes.
  • Autorizar las comisiones al exterior de los empleados del Fondo Rotatorio de la Policía de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
  • Delegar cuando lo considere conveniente alguna o algunas de sus funciones en el Director General del Fondo Rotatorio de la Policía.
  • Autorizar al Director General del Fondo Rotatorio de la Policía para delegar en el nivel directivo o sus equivalentes, algunas de las funciones que le corresponden de conformidad con las normas legales vigentes.
  • Autorizar la venta o adquisición de bienes inmuebles.
  • Establecer su reglamento interno.
  • Las demás que le señale la ley, estatutos, reglamentos y aquellas que sean necesarias para el adecuado funcionamiento de la entidad.
  • Autorizar los proyectos de inversión que le presente la Dirección General del Fondo Rotatorio de la Policía debidamente sustentados con el correspondiente estudio de factibilidad.
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